Impuestos

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Desde €urofinancieros intentaremos explicar qué es el impuesto sobre el valor añadido, más conocido como IVA . No entraremos en largas y tediosas definiciones, ni en excepciones de la norma, eso lo dejaremos para nuestros compañeros fiscalistas, si no que nos centraremos en las cuestiones más prácticas, intentando simplificar los conceptos facilitando una mejor comprensión del impuesto.

El IVA es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava:

-Las entregas de bienes y prestaciones de servicios

-Las adquisiciones intracomunitarias

-Las importaciones de bienes



¿Que significa eso de Impuesto Indirecto? Impuestos indirectos son los que se cobran como parte de una compra de cualquier producto y servicio que contratemos y se llaman impuestos sobre el valor añadido (IVA) o impuestos sobre las ventas en algunos países.

En las Islas Canarias, no existe este impuesto, si no que es sustituido por otro equivalente llamado I.G.I.C (Impuesto General Indirecto Canario).



La idea básica, viene resumida en el siguiente cuadro:

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Cuando las empresas/autónomos compran un bien o servicio, SOPORTAN un IVA, es decir, pagan un IVA. A ese IVA, se le llama SOPORTADO y se contabiliza en la cuenta del Activo nº 472 HP IVA SOPORTADO

Al vender un bien o servicio, REPERCUTEN un IVA, es decir, cobran un IVA. A ese IVA, se le llama REPERCUTIDO y se contabiliza en la cuenta del pasivo nº 477 HP IVA REPERCUTIDO

Trimestralmente (o mensualmente en algunos casos), comparamos las dos cuentas, la 472 de Iva Soportado y la 477 de Iva Repercutido. Si el IVA Repercutido es mayor al Iva Soportado, entonces significa que hemos cobrado mas IVA del que hemos pagado, con lo que la diferencia es lo que habrá que ingresar en Hacienda. Si es al revés, entonces es Hacienda la que nos debe dinero en concepto de IVA, y deberemos solicitar la devolución

Si una empresa no paga IVA en sus compras, por ejemplo, si compra algo de fuera del país, donde no paga IVA, cuando vende cobrando IVA, no tiene IVA para deducir y, por lo tanto, tendrá que pagar al Estado la totalidad de IVA que recibe cuando vende su producto o servicio.

El Iva se liquida siempre el día 20 del mes siguiente al cierre del trimestre. Es decir, para el primer trimestre, el IVA se debe pagar antes del 20 de abril.

El principio general, es que para las empresas intermedias el IVA es un impuesto neutro,ni genera más ingresos, ni mayores despesas. Sólo lo soporta el cliente final, que no tiene a quien repercutirlo. (léase el ciudadano que consume el bien/servicio final)



En el mundo real hay otro problema que perjudica las cuentas de los empresarios. Este problema es que los calendarios de pago de IVA al Estado no tienen en cuenta los pagos reales de las empresas.

Es decir, si yo vendo a un cliente donde las condiciones de pago son, por ejemplo, pagos a 90 días, y hay muchos de estos casos, especialmente en tiempos de dificultad económica, yo no recibiré lo que se me debe, incluso el correspondiente ingreso de IVA, hasta 90 días después de la venta.

No obstante, el cálculo del IVA a pagar se basa en la fecha de las ventas no en cuándo estas se cobran y es muy común que empresarios tengan la obligación de pagar cantidades al gobierno que ni han cobrado de sus clientes. El resultado de esto es que empresarios se encuentran en la situación de financiar al Estado estas cantidades de IVA, hasta el momento de recibirlo de sus clientes.

Caso Especial: PRORRATA

Existen determinados casos, en los que no nos podremos deducir todo el IVA soportado, sólo un porcentaje. En estos caso, se aplica la regla de la Prorrata:

Como se calcula?
% Prorrata = Importe operaciones con derecho a deducción (ventas con IVA) ÷ Importe total operaciones (Ventas con IVA y sin IVA)
El número que sale de la prorrata, es el porcentaje que te puedes deducir. El resto es GASTO directo.

Para calcular el importe final de IVA:

Iva repercutido (Ventas con IVA)

- Iva Soportado (compras con IVA ) pero no el 100 % , sólo el % que sale de la prorrata.
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TOTAL = iva a devolver o a ingresar