Declaración Renta 2013 (Nov. 13)
Como cada año antes de las fechas navideñas, desde Eurofinancieros, os recordamos que quedan pocos días para intentar maximizar el ahorro fiscal, y por consiguiente "pagar" menos a Hacienda cuando tengamos que presentar la declaración del IPRF.
El próximo 31 de diciembre termina el ejercicio fiscal 2013. Cualquier opción que realicemos después para ahorrar impuestos, ya no tendrá su efecto hasta la declaracián de renta del año 2014 (allá por el mes de Mayo de 2015!).
Si bien es cierto, que las modificaciones en materia fiscal hechas por el Gobierno minimizan las posibilidades de realizar una planificación fiscal que permita una tributación menor, aún quedan algunas opciones que esperamos podáis aprovechar.
Amortización de la hipoteca
Desde el 1 de enero de 2013 cuando compramos nuestra primera residencia ya no podemos disfrutar de la famosa "deducción por vivienda habitual", pero aquellos/as que ya disfrutaban de esta deducción SI podrán seguir haciendo uso de ella.
Aquellos contribuyentes que puedan hacer una amortización anticipada de su hipoteca hasta el límite de los 9.040 euros, podrán deducirse en su declaración, un 15% de esas amortizaciones. (Deducción máxima: 1.356 eur)
Planes de Pensiones
Todas las aportaciones a planes de pensiones siguen gozando de una ventaja fiscal. Dichas aportaciones se deducirán con el límite de 30% de los rendimientos del trabajo o de actividades económicas o un máximo de diez mil euros si el contribuyente no ha cumplido los 50 años. Para los mayores de 50 el límite está en el 50% de los rendimientos o doce mil euros.
Son importantes también las aportaciones realizadas al plan de pensiones del cónyuge, siempre que éste no obtenga rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas o su cuantía sea inferior a ocho mil euros anuales. En estos casos el límite para la deducción son dos mil euros anuales.
Para aquellos/as que puedan aportar por encima del límite, recordaros que esos excesos podrán ser deducibles durante los cinco ejercicios posteriores.
Tened en cuenta, que estas deducciones son un diferimiento de impuestos, y lo que no tributamos hoy, deberemos tributarlos cuando rescatemos ese plan de pensiones.
Cuentas ahorro-empresa.
Se mantiene en vigor la deducción por las aportaciones a las cuentas ahorro-empresa, aunque se haya eliminado la deducción de las aportaciones a cuentas vivienda aunque su funcionamiento sea idéntico
Su objetivo es fomentar un ahorro para la capitalización de un proyecto empresarial y permitir al contribuyente una deducción del 15% de las cantidades aportadas hasta un máximo de nueve mil euros.
Desde la apertura de este tipo de cuentas hay un plazo de cuatro años para utilizar los fondos que se vayan aportando en la constitución de una empresa.
Venta de acciones
Si tenemos acciones que coticen en Bolsa, y queremos aprovechar la subida de estos dos últimos meses para vender y hacer beneficios, hemos de tener en cuenta que la fiscalidad es distinta si esas acciones han permanecido en la cartera del contribuyente menos o más de un año.
Si las hemos tenido menos de un año tributan en la base general a nuestro tipo marginal, entre el 24% y el 56% (diferente según la Comunidad Autónoma) dependiendo de la escala que le corresponda al contribuyente.
Si por el contrario las hemos mantenido durante más de un año tributarán como rendimientos del ahorro, al 21%, por las plusvalías menores de seis mil euros, al 25% si están entre seis y veinticuatro mil euros y al 27% si las ganancias superaran los veinticuatro mil euros.
Donaciones
La Navidad es una época muy propicia para hacer donaciones a ONG's . Aprovechemos esta deducción para realizar una gran labor social, y de paso rebajar la cuota del IRPF.
En este caso la deducción será del 10%, 20% o 30% de los donativos realizados, tanto a través de cuotas periódicas como aportaciones extraordinarias. Este porcentaje depende de la naturaleza de la organización que recibe el donativo. (Por desgracia, también incluye donaciones a partidos políticos).
El límite para esta deducción es, con carácter general, el 10% de la base liquidable, aunque se eleva al 15% para determinadas actividades y programas prioritarios de mecenazgo.
Ya sabéis, queda un mes para planificar nuestra futura declaración de Hacienda respecto al ejercicio fiscal de 2013.
En breve esperamos encontrar en la web de Hacienda un simulador de la declaración de Renta del 2013, en el que comprobar si nos conviene utilizar las deducciones fiscales expuestas en este artículo.
ACTUALIZACIÓN 18-12-2013. Ya tenemos el simulador. Adjunto el link
Luis Valero. Noviembre 2013.